
Contenido:
Ley 11/2021, de 9 de julio, de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal, de transposición de la Directiva (UE) 2016/1164, del Consejo, de 12 de julio de 2016, por la que se establecen normas contra las prácticas de elusión fiscal.
Aprobación Orden Ministerial el 28.10.2024
Ley 18/2022, de 28 de septiembre, de Creación y Crecimiento de Empresas o Ley Crea y Crece.
Pendiente aprobación Desarrollo Reglamentario
Ley Antifraude
VS
Organismo Público
Entrada en vigor
Ley Crea y Crece
Su nombre ya nos aporta un conocimiento previo sobre su desarrollo, LEY 11/2021 de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal. El texto de la ley aborda distintas cuestiones, como por ejemplo limitar los pagos en efectivo hasta 1000 euros, con sanciones para quien lo incumpla.
Se ha aprobado con fecha 28.10.2024 la Orden Ministerial
Esta ley se aprobó el 11 de octubre en 2021, pero hasta el 5 de diciembre de 2023 no se aprobó el Desarrollo Reglamentario para cumplir con todos los requisitos de la ley.
La fecha de puesta en marcha se ha establecido el 1 de julio de 2025.
A partir de la Orden Ministerial, tal y como especifica la ley contamos los desarrolladores de soft con 9 meses para las adaptaciones. Golden Soft ya está trabajando en realizar una nueva versión que pondermos a disposición de nuestros usuarios con el Servicio de Abonado en vigor.
Debemos centrarnos en el software de facturación y contabilidad que son los protagonistas de esta ley.
El reglamento establece los requerimientos que debe contar un software para ser homologado por la Agencia Tributaria y no ser un software prohibido o ilegal.
El programa deberá garantizar la integridad, conservación, accesibilidad, legibilidad, trazabilidad, e inalterabilidad de la información. Es decir, no se podrá de forma intencionada alterar, manipular o destruir los datos introducidos para evitar el fraude fiscal.
El software deberá disponer de una declaración responsable confirmando que cumple con la ley.
Es una modalidad para cumplir con las exigencias del Reglamento, de tal forma que el software de facturación permita remitir los registros de facturación de forma electrónica a la Agencia Tributaria y que no sean alterados desde su emisión.
También la ley afecta a los desarrolladores de software de contabilidad, facturación y gestión comercial que tenemos la obligación de disponer de un software homologado por la Agencia Tributaria.
Las sanciones por no aplicar esta ley son cuantiosas:

¡SIEMPRE ACTUALIZADOS!
Según estipula la ley los objetivos son:
Nos centramos en los aspectos relativos a la facturación electrónica B2B.
Los programas de facturación deben adaptarse a un nuevo formato estructurado que permitirá el intercambio de las facturas entre los diferentes softwares de facturación.
Todas las pymes y autónomos deberán expedir y recibir las facturas de forma electrónica cuando se realicen transacciones entre ellas.
El software se encargará de enviar a una plataforma pública, gestionada por la AEAT (opcionalmente también podrán enviarse a una plataforma privada) las facturas emitidas.
Se deberá disponer de firma electrónica para la emisión y envío a la plataforma pública.
No hay fecha, ya que está pendiente de aprobación.
A partir del 7 de mayo de 2024 se remite el borrador del desarrollo reglamentario al Consejo de Estado, siendo éste quien realizará la redacción definitiva y lo presentará al Consejo de Ministros para su aprobación y posterior publicación en el BOE, momento en el que se inician los plazos de implementación.
La Ley 18/2022, de 28 de septiembre, de Creación y Crecimiento de Empresas establece dos fases dependiendo del nivel de facturación de cada empresa:
Última Hora: